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Mostrando las entradas de octubre, 2025

CUANDO SE CONCEDE LA PROTECCIÓN CONTRA UNA SENTENCIA EMITIDA EN LA AUDIENCIA DE JUICIO DEL NUEVO PROCEDIMIENTO LABORAL, EL TRIBUNAL RESPONSABLE NO DEBE LIMITARSE A ANULAR LA RESOLUCIÓN RECLAMADA Y EMITIR OTRA QUE SUBSANE LOS VICIOS

 Registro digital: 2030617 AMPARO DIRECTO. CUANDO SE CONCEDE CONTRA UNA SENTENCIA DICTADA EN ELNUEVO PROCEDIMIENTO LABORAL, SUS EFECTOS NO SE LIMITAN A DECLARAR SUINSUBSISTENCIA Y AL DICTADO DE UNA NUEVA, SINO QUE OBLIGAN AL TRIBUNALLABORAL A CUMPLIR CON LA SECUENCIA DE ACTOS E INTERVENCIÓN DE LAS PARTES EN UNA AUDIENCIA DE JUICIO.👍👀👷 Hechos: Un trabajador inició un procedimiento especial de seguridad social, solicitando la devolución de los recursos acumulados en dos subcuentas de su cuenta individual de ahorro para el retiro . El Juez Federal rechazó su solicitud en la sentencia emitida durante la audiencia de juicio. Ante esta decisión, el trabajador interpuso un juicio de amparo directo, donde se determinó que sí tiene derecho a la devolución de dichos recursos. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito establece que los efectos de un fallo protector contra una sentencia en el nuevo procedimiento laboral obligan al Tribunal Laboral a seguir la secuencia de actos...

ES RESPONSABILIDAD DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, DEMOSTRAR LA EXISTENCIA DE UNA ORDEN ESCRITA PARA REALIZAR UNA JORNADA EXTRAORDINARIA, ESPECIFICANDO LAS CONDICIONES EN QUE SE LLEVARÍA A CABO, PARA PODER TENER DERECHO A SU PAGO

 Registro digital: 2030612 TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE GUERRERO Y SUS MUNICIPIOS. PARA TENER DERECHO AL PAGO POR TIEMPO EXTRAORDINARIO DEBEN DEMOSTRAR QUE EXISTIÓ LA ORDEN POR ESCRITO EN LA QUE SE ESPECIFIQUEN LAS CONDICIONES EN LAS QUE SE DESARROLLARÍA.👷👎👀 Hechos: En un juicio laboral burocrático se demandó a un Ayuntamiento del Estado de Guerrero, entre otras prestaciones, el pago de horas extras. Los actores argumentaron que trabajaban 15 horas extras semanales además de la jornada legal. El Tribunal de Conciliación y Arbitraje determinó que, al haber controversia sobre la jornada laboral, según el artículo 784, fracción VIII, de la Ley Federal del Trabajo, aplicable de manera supletoria, correspondía al patrón demostrar que los trabajadores solo laboraron la jornada legal. El demandado no cumplió con esta carga probatoria, por lo que se le condenó al pago de horas extras que el legislador local consideró como moderadas. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado d...

AL CALCULAR LOS SALARIOS CAÍDOS DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO SE DEBEN DESCONTAR LOS SALARIOS OBTENIDOS POR UNA CONTRATACIÓN DISTINTA CON LA MISMA ENTIDAD DURANTE EL PERIODO DE LA CONDENA

 Registro digital: 2030657 SALARIOS CAÍDOS DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, O DE EMPRESAS PRODUCTIVAS O PÚBLICAS DEL ESTADO. AL CUANTIFICARLOS DEBEN DESCONTARSE LOS PERCIBIDOS CON MOTIVO DE UNA DIVERSA CONTRATACIÓN CON LA MISMA ENTIDAD, DURANTE EL PERIODO QUE ABARCA LA CONDENA [ABANDONO DE LA JURISPRUDENCIA PR.P.T.CS. J/1 L (11a.)].👀👷🏭 Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito llegaron a criterios opuestos al analizar si, al calcular los salarios caídos, debía descontarse el sueldo que el trabajador recibió por desempeñar otro cargo en la misma entidad durante el periodo de la condena. Uno resolvió que no era procedente el descuento, mientras que el otro determinó que sí, argumentando que se trataba del mismo ente contratante, y que no hacerlo implicaría un doble pago.. Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur determina que, al calcular los salarios caídos de los trabajadores al servicio del Estado o de empresas ...

PARA QUE LA PERSONA JUZGADORA EN MATERIA LABORAL PUEDA DECLINAR OFICIOSAMENTE COMPETENCIA EN UN JUICIO ORDINARIO LABORAL, DEBE CUMPLIR CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS

 Registro digital: 2030636👍👮👷 INCOMPETENCIA POR DECLINATORIA EN EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA LABORAL. PASOS A SEGUIR POR LA PERSONA JUZGADORA CUANDO LA DECRETA OFICIOSAMENTE. Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito involucrados llegaron a conclusiones diferentes al resolver conflictos competenciales por fuero en juicios ordinarios entre un Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales y uno estatal. En estos casos, el primero únicamente emplazó a la parte demandada y luego emitió una determinación de incompetencia por declinatoria. Mientras uno consideró que no había conflicto porque no se citó a las partes sobre la incompetencia decretada, el otro determinó que el emplazamiento era suficiente y que los tribunales laborales podían rechazar el caso. Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, establece que para que la persona juzgadora en materia laboral pueda declinar oficiosamente c...

EL PERIODO VACACIONAL DE LAS AUTORIDADES LABORALES DEBE INCLUIRSE EN EL CÓMPUTO DE LA PRESCRIPCIÓN

 Registro digital: 2030645 PERIODO VACACIONAL DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE. DEBE COMPUTARSE DENTRODEL TÉRMINO PRESCRIPTIVO PREVISTO EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y EN LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.👀👷 Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito presentaron criterios contradictorios al analizar si el periodo vacacional de la autoridad responsable interrumpe el término de prescripción establecido en los artículos 522 de la Ley Federal del Trabajo y 117 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, para ejercer acciones derivadas de un cese laboral. Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, establece que el periodo vacacional de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, de los Tribunales Laborales locales y federales, así como del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, debe considerarse al calcular la prescripción prevista en los artículos citad...

EN LOS CASOS DONDE SE RECLAME LA DECLARACIÓN DE BENEFICIARIOS Y EL PAGO DE LAS APORTACIONES ADMINISTRADAS POR LA AFORE, NO SE PUEDE EXIGIR A LA PARTE ACTORA QUE PRESENTE EL ESTADO DE CUENTA DEL FALLECIDO, YA QUE NO TIENE LEGITIMACIÓN PARA SOLICITAR DICHO DOCUMENTO ANTES DE OBTENER ESE CARÁCTER

 Registro digital: 2030630 ESTADO DE CUENTA INDIVIDUAL DE PERSONAS TRABAJADORAS FALLECIDAS. NO ES UN REQUISITO DE PROCEDENCIA QUE DEBA ACOMPAÑARSE A LA DEMANDA CUANDO SE RECLAME SIMULTÁNEAMENTE LA DECLARACIÓN DE LEGÍTIMA BENEFICIARIA Y EL PAGO DE LAS APORTACIONES ADMINISTRADAS POR UNA AFORE.👍👷 Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito tuvieron criterios contradictorios al analizar si, en los conflictos individuales de seguridad social donde se solicita el reconocimiento como legítima beneficiaria de una persona trabajadora fallecida y la devolución de aportaciones administradas por una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), es necesario presentar junto con la demanda el estado de cuenta individual del titular. Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, establece que cuando se soliciten al mismo tiempo la declaración de legítimo beneficiario y el pago de las aportaciones manejad...

EL ARRASTRE DE UN VEHÍCULO POR INFRACCIÓN DE LA GUARDIA NACIONAL DEBE CONSIDERARSE UN ACTO DE PARTICULAR EQUIPARABLE AL DE AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO

 Registro digital: 2030564 AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. TIENE TAL CARÁCTER LA PERSONA FÍSICA O MORAL QUE EJECUTA EL ARRASTRE Y REMISIÓN DE UN VEHÍCULO AUTOMOTOR A UN DEPÓSITO, CON MOTIVO DE LA EMISIÓN DE UNA BOLETA DE INFRACCIÓN IMPUESTA POR PERSONAL DE LA GUARDIA NACIONAL.👀👍 Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito sostuvieron criterios opuestos al analizar si el retiro de un vehículo mediante arrastre y remisión al depósito, realizado por una persona física o moral tras una infracción emitida por la Guardia Nacional, es equiparable a un acto de autoridad para efectos de amparo. Uno consideró que los actos provenían de una autoridad, ya que el arrastre era un servicio público estatal; el otro sostuvo que no era un acto de autoridad porque la empresa actuó como auxiliar del Estado, no de manera unilateral. Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur, con sede en Ciudad de México, concluye que el retiro de un...

NO ESTABLECER UN PLAZO PARA QUE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA RESUELVA VIOLA EL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA

 CONCURSOS MERCANTILES. EL ARTÍCULO 338 DE LA LEY DE LA MATERIA VULNERA EL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA.👍✔ Criterio jurídico: La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluye que el artículo 338 de la Ley de Concursos Mercantiles infringe el principio de seguridad jurídica al no establecer un plazo para que la autoridad administrativa emita una resolución en el procedimiento sancionador contra los especialistas en concursos mercantiles . Justificación: El artículo mencionado establece que la Junta Directiva decidirá sobre la amonestación, la suspensión temporal o la cancelación del registro de los visitadores, conciliadores y síndicos, otorgando audiencia al interesado. Sin embargo, ni este ni ningún otro precepto del ordenamiento establecen un plazo para emitir la resolución que determine la situación jurídica del presunto infractor. Esto genera un estado de incertidumbre jurídica, ya que los especialistas que incurrieron en alguna conducta presuntamente ...

OBLIGACIONES MÍNIMAS QUE SE DEBEN OBSERVAR EN EL PROCESO PENAL PARA EVITAR QUE SE GENERE VIOLENCIA DE GÉNERO

 Registro digital: 2030613 VIOLENCIA DE GÉNERO INSTITUCIONAL EN EL CONTEXTO DEL PROCESO PENAL. OBLIGACIONES MÍNIMAS QUE DEBEN OBSERVAR LOS OPERADORES JURÍDICOS PARA EVITARLA.👀 Hechos: Una mujer, víctima del delito de violación, promovió un juicio de amparo directo contra la sentencia absolutoria dictada al sujeto activo del hecho ilícito. En sus argumentos, señaló que la causa penal no se analizó conforme a la metodología para juzgar con perspectiva de género . El Tribunal Colegiado negó la protección constitucional. Inconforme, la quejosa presentó un recurso de revisión, argumentando que, aunque el órgano jurisdiccional de amparo mencionó dicha metodología en su sentencia, no la aplicó de manera efectiva. Criterio jurídico: La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que los operadores jurídicos tienen obligaciones mínimas que deben cumplir para evitar que se presente violencia de género institucional en un proceso penal. Justificación: En todo proceso ...