EN LOS CASOS DONDE SE RECLAME LA DECLARACIÓN DE BENEFICIARIOS Y EL PAGO DE LAS APORTACIONES ADMINISTRADAS POR LA AFORE, NO SE PUEDE EXIGIR A LA PARTE ACTORA QUE PRESENTE EL ESTADO DE CUENTA DEL FALLECIDO, YA QUE NO TIENE LEGITIMACIÓN PARA SOLICITAR DICHO DOCUMENTO ANTES DE OBTENER ESE CARÁCTER
Registro digital: 2030630
ESTADO DE CUENTA INDIVIDUAL DE PERSONAS TRABAJADORAS FALLECIDAS. NO ES UN REQUISITO DE PROCEDENCIA QUE DEBA ACOMPAÑARSE A LA DEMANDA CUANDO SE RECLAME SIMULTÁNEAMENTE LA DECLARACIÓN DE LEGÍTIMA BENEFICIARIA Y EL PAGO DE LAS APORTACIONES ADMINISTRADAS POR UNA AFORE.👍👷
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito tuvieron criterios contradictorios al analizar si, en los conflictos individuales de seguridad social donde se solicita el reconocimiento como legítima beneficiaria de una persona trabajadora fallecida y la devolución de aportaciones administradas por una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), es necesario presentar junto con la demanda el estado de cuenta individual del titular.
Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, establece que cuando se soliciten al mismo tiempo la declaración de legítimo beneficiario y el pago de las aportaciones manejadas por una Afore, no es necesario que el estado de cuenta individual de la trabajadora fallecida se incluya como requisito para presentar la demanda.
Justificación: Conforme a las jurisprudencias 2a./J. 52/2017 (10a.), 2a./J. 58/2017 (10a.), 2a./J. 50/2018 (10a.) y 2a./J. 32/2019 (10a.) de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los requisitos establecidos en el artículo 899-C de la Ley Federal del Trabajo como parte de la demanda en conflictos individuales de seguridad social son esenciales para configurar la acción y definir la litis. Sin embargo, deben exigirse únicamente los que correspondan a la acción intentada. Por tanto, se debe considerar la naturaleza de la prestación reclamada y los requisitos que el ordenamiento legal aplicable establece para la procedencia de la acción. En los casos donde se reclame la declaración de beneficiarios y el pago de las aportaciones administradas por las Afores, no se puede exigir a la parte actora que presente el estado de cuenta del fallecido, especialmente el último, ya que no tiene legitimación para solicitar dicho documento antes de obtener ese carácter.
PLENO REGIONAL EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Contradicción de criterios 53/2025. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Quinto y
Décimo Sexto, ambos en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 14 de mayo de 2025. Tres votos
de las Magistradas María Enriqueta Fernández Haggar y Guadalupe Madrigal Bueno, y del
Magistrado Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz. Ponente: Magistrada María Enriqueta Fernández Haggar.
Secretario: Luis Omar García Morales.
Tesis y/o criterios contendientes:
Instancia: Plenos Regionales Undécima Época Materia(s): Laboral
Tesis: PR.P.T.CS. J/56 L (11a.) Fuente: Semanario Judicial de la
Federación.
Tipo: Jurisprudencia
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