SI ALGUNO DE LOS CÓNYUGES REALIZA UN CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO CON GARANTÍA HIPOTECARIA ALEGANDO SER SOLTERA, EL OTRO TIENE DERECHO A AMPARARSE PARA QUE SE RESPETE SU CINCUENTA POR CIENTO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

Registro digital: 2026931 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Tesis: VII.2o.C.23 K (11a.) Undécima Época Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Materia(s): Común Tipo: Aislada INTERÉS JURÍDICO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. LO TIENE EL ESPOSO PARA RECLAMAR LA AFECTACIÓN EN SU PROPIEDAD POR EL EMBARGO EN UNA ACCIÓN PERSONAL DE UN BIEN INMUEBLE PERTENECIENTE A LA SOCIEDAD CONYUGAL, AUN CUANDO LA ESPOSA HAYA AFIRMADO SER SOLTERA AL APERTURAR EL CRÉDITO CON GARANTÍA HIPOTECARIA SOBRE AQUÉL, SI NO SE HAN LLEVADO A CABO EL REMATE Y LA ADJUDICACIÓN. Hechos: En la demanda de amparo indirecto el quejoso señaló como acto reclamado destacado la falta de emplazamiento al juicio ejecutivo mercantil, así como todos los actos subsecuentes, en especial la afectación a su patrimonio consistente en el embargo de una casa de la cual es copropietario en un cincuenta por ciento, con motivo de la sociedad conyugal con la demandada en el juicio de origen; como su cónyuge al...