LA COMISIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS NO ES UN TRIBUNAL
Con frecuencia las personas recurren a la CNDH en defensa y reclamo de sus derechos creyendo falsamente que es una instancia que puede obligar a las autoridades a cumplir sus resoluciones, lo cual es totalmente falso.
No es un tribunal, es una comisión, y como tal, sólo se encarga de vigilar, de estar pendiente del respeto de los DDHH, no lleva juicios ni ejecuta sentencias. Sus resoluciones son recomendaciones no vinculatorias, como lo marca el artículo 102 apartado B constitucional, esto significa que no obligan a las autoridades a cumplir sus recomendaciones. Esta es quizá la parte débil de la Comisión. Sin embargo, la parte fuerte, es la relacionada a la publicidad que se le otorga a sus resoluciones y a la obligatoriedad de darle publicidad a la negativa de las autoridades de acatar las mismas. Ello implica, per se, la exhibición pública y etiqueta social negativa de la autoridad, lo que sin duda se refleja en su función social, administrativa, comercial, etc, lo que muchas veces, para evitarlo, se sienten presionadas a dar una respuesta positiva. No es recomendable para ninguna autoridad tener que pasar por el escrutinio público como seria
- su obligatoriedad de responder a las recomendaciones de la CNDH
- si no aceptan la resolución, están obligados a fundar, motivar y hacer pública su negativa
- en su caso, la Cámara de Senadores o la Comisión Permanente, o las legislaturas de los Estados, según corresponda, podrán llamar a la autoridad responsable a comparecer ante dichos órganos
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