¿CON QUIÉN SE QUEDAN LOS HIJOS EN CASO DE DIVORCIO?
Dice el artículo 282 apartado B, del Código Civil para la CDMEX que "los menores de doce años deberán quedar al cuidado de la madre..." De entrada la ley considera que la mujer debe tener la custodia de los hijos, quizá porque naturalmente es ella a quien le asiste mayor cuidado y cercanía con los hijos.
Sin embargo, aún cuando en la mayoría de los casos en donde la custodia de menores está en juego es la madre quien logra obtenerla, el propio artículo dice que "excepto en los casos de violencia familiar cuando ella sea la generadora o exista peligro grave para el normal desarrollo de los hijos..."fuera de ello, la custodia debe ser de la madre. Se sabe que existen casos excepcionales de mujeres que ejercen violencia hacía sus hijos de múltiples formas, y que muchas veces esta violencia no es visible de manera inmediata, es decir, es una parte oculta, como ya lo ha establecido la Suprema Corte, de la violencia familiar.
Por lo mismo, cuando el menor es mayor de doce años, se le debe tomar en cuenta su opinión al respecto. Pero si además se toma en cuenta la prueba psicológica a la cual debe someterse la mujer en estos casos, puede ser entonces que la custodia no se le otorgue, y sea el padre quien la obtenga, aunque en este caso, también se dan una serie de cuestionamientos que lo pueden descalificar. Sea cual sea el caso, lo cierto es que la mujer tiene mayor ventaja que el hombre en materia de custodia, aunque a veces abusa de esta ventaja
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