¿QUIENES SON CONSIDERADOS MEXICANOS POR NACIMIENTO SEGÚN LA LEY?

 Originalmente se consideraban mexicanos por nacimiento a los hijos nacidos de padres mexicanos y en territorio nacional, y sólo ellos podrían gozar de derechos plenos en el país. Hoy ya no es así. Se ha ampliado y flexibilizado este derecho humano a otras categorías de personas con distinto origen, por lo que la ley considera cuatro formas de obtener la nacionalidad por nacimiento, según el artículo 30 inciso A de la Constitución, las cuales son:

  1. los que nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres
  2. los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos, de madre mexicana o de padre mexicano
  3. los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización, de padre mexicano por naturalización, o de madre mexicana por naturalización
  4. los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes
Ahora ya sabemos qué nacionalidad tendrá el hijo nacido en una embarcación con bandera mexicana, de padres extranjeros y en aguas internacionales


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