SEGURO DE AUTOMÓVIL

Undécima Época Instancia: Fuente: Materia(s): Tesis: Tribunales Colegiados de Circuito Semanario Judicial de la Federación Jurisprudencia (Civil) I.6o.C. J/2 C (11a.) Núm. de Registro: 2025183 REITERACIÓN CONTRATO DE SEGURO DE AUTOMÓVIL. SI LA ASEGURADORA TIENE CONOCIMIENTO DE LA AGRAVACIÓN DEL RIESGO Y NO LO RESCINDE UNILATERALMENTE EN EL PLAZO LEGALMENTE ESTABLECIDO, ÉSTA NO PRODUCE SUS EFECTOS Y, POR ENDE, AQUÉLLA NO QUEDA LIBERADA DE SUS OBLIGACIONES . Hechos: Un asegurado demandó en la vía oral mercantil de una aseguradora, entre otras prestaciones, el cumplimiento del contrato de seguro y el pago de pesos equivalente al valor comercial del vehículo siniestrado; la demandada se excepcionó en el sentido de que el actor incumplió con el contrato de seguro y, como consecuencia, existió una agravación esencial del riesgo, puesto que en la póliza se estableció que el uso del vehículo asegurado era particular y el mismo fue utilizado para brindar el servici...