AUNQUE SEA DE MALA FE, DEBE ACREDITARSE LA CAUSA GENERADORA DE LA POSESIÓN

Registro digital: 2024088 Instancia: Primera Sala Tesis: 1a./J. 2/2022 (11a.) Undécima Época Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Materia(s): Civil Tipo: Jurisprudencia PRESCRIPCIÓN POSITIVA DE MALA FE Y SIN TÍTULO. PARA QUE OPERE, DEBE ACREDITARSE FEHACIENTEMENTE LA CAUSA GENERADORA DE LA POSESIÓN. Hechos: En un juicio de amparo directo se reclamó una resolución dictada en apelación en la que se consideró que operó la figura de la prescripción positiva sobre un bien inmueble, en beneficio de diversa persona. El Tribunal Colegiado de Circuito concedió el amparo a la parte quejosa principal al considerar que en el caso no se había acreditado la causa generadora de la posesión en concepto de propietario. Inconforme con el fallo anterior, el tercero interesado y quejoso adherente interpuso recurso de revisión. Criterio jurídico: La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirma la decisión del Tribunal Colegiado, al esti...