EL ACTA DE NACIMIENTO NO ES LA ÚNICA PRUEBA PARA ACREDITAR EL PARENTESCO

 Registro digital: 2029002 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Undécima Época Tesis: (X Región)1o.2 L (11a.) Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Materia(s): Laboral Tipo: Aislada

BENEFICIARIOS DE UN TRABAJADOR FALLECIDO. CUALQUIER PRUEBA ES APTA PARA ACREDITAR SU PARENTESCO CON EL DE CUJUS (LEY FEDERAL DEL TRABAJO EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 1 DE MAYO DE 2019). ✔️📚👍



Hechos: En un conflicto individual de seguridad social una persona demandó la declaración de beneficiaria en su carácter de dependiente económica por el fallecimiento de la persona trabajadora. La Junta la determinó improcedente al considerar que no acreditó el parentesco con la trabajadora fallecida, ya que no exhibió su acta de nacimiento. 

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que cualquier prueba es apta para acreditar el parentesco entre los beneficiarios y el trabajador fallecido.

 Justificación: Conforme a la tesis de jurisprudencia 2a./J. 46/2007, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y a los artículos 776, 777, 779, 782 y 841 de la Ley Federal del Trabajo, en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2019, en el juicio laboral son admisibles todos los medios de prueba que no sean contrarios a la moral y al derecho, siempre que se refieran a los hechos controvertidos cuando no hayan sido confesados por las partes y no resulten inútiles e intrascendentes. Los beneficiarios de un trabajador fallecido pueden aportar en el procedimiento todo tipo de pruebas que se encuentren dentro de esos parámetros y sean pertinentes para demostrar el parentesco, a fin de acreditar su derecho a obtener alguna pensión o prestación prevista en la Ley Federal del Trabajo y en la Ley del Seguro Social, y no sólo las actas del Registro Civil. Por tanto, si se declaró improcedente la acción, al valorar únicamente las actas de defunción y de nacimiento de la trabajadora fallecida que se acompañaron a la demanda, sin hacer pronunciamiento respecto de las declaraciones testimoniales, pese a que también versaron sobre el parentesco, la declaración de improcedencia de la declaratoria de beneficiario es ilegal.

Comentarios

Entradas más populares de este blog

EL DELITO DE SUSTRACCIÓN DE MENOR NO SE CONFIGURA CUANDO NO SE DEMUESTRA EL DOLO POR PARTE DE LA MADRE CUSTODIO DE IMPEDIR LAS VISITAS AL PADRE

¿EN QUÉ MOMENTO PROCESAL DEBE REPUDIARSE LA HERENCIA?

SE DEBE APERTURAR INCIDENTE OFICIOSAMENTE EN MATERIA DE EXTRADICIÓN