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CUMPLIMIENTO DEL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD EN JUICIO DE ALIMENTOS

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El pasado 11 de febrero en el Semanario Judicial se publicó una tesis aislada en materia de alimentos referente a la proporcionalidad de los mismos. Resulta que el juez “omitió considerar que, además de los infantes referidos, tenía a su cargo (el acreedor) la obligación de otorgar alimentos a sus otros tres hijos, uno de los cuales resultó ser también menor de edad, situación que no fue verificada por el juez responsable”. Es decir, ya no se limita únicamente el juicio de alimentos a verificar la existencia de los menores en la demanda, sino también se debe verificar si existen otros menores acreedores que suelen ser otros hijos de otra relación sin importar de que no sean parte del juicio. Para cumplir con el principio de proporcionalidad, se debe verificar la existencia de otros menores acreedores “para establecer correctamente el monto de la pensión alimenticia en favor de los menores de edad que la solicitan.” Tesis: XXX.3o.2 C (11a.)