LA ABUELA PUEDE RECLAMAR LA CASA DE LOS NIETOS

 Una situación muy reiterada en nuestros tiempos es la referida a la casa que habitan los menores, la cual muchas veces no es propiedad de los padres. Tal es el caso de una abuela que reclama en juicio su propiedad a través de la terminación de contrato de comodato, es decir, prestó su casa y ahora pide que se la devuelvan. Los padres alegaron el interés superior de los menores en el sentido de que tienen derecho a alimentos, los cuales integran la habitación de sus hijos. Esto lo  hicieron en la revisión del amparo que promovieron.

La primera Sala de la SCJN estimó, en tesis jurisprudencial, que son cosas diferentes y nada tiene que ver el derecho de los menores a habitación y el derecho de la abuela a recuperar su inmueble, por lo que la autoridad jurisdiccional no puede pronunciarse al respecto, ya que el caso "no amerita ser apreciado a la luz de su interés superior, ni con perspectiva de infancia". en consecuencia, no existe vínculo alguno entre los derechos de los menores a alimentos (habitación), y los derechos de propiedad y posesión de la abuela. ¿Qué les parece?

Tesis: 1a./J. 21/2021 (11a.)



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