ELEMENTOS DEL FEMINICIDIO

 En base al artículo 148 Bis del Código Penal CDMEX

  1. Que la víctima sea una mujer.
  2. Por razones de género: violencia sexual; lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, o actos de necrofilia; existan antecedentes del activo en violencia familiar, laboral o escolar de la víctima; exista relación sentimental, afectiva laboral, docente o de confianza; relación de parentesco; el cuerpo sea expuesto; haya sido incomunicada; la víctima se haya encontrado en estado de indefensión
Este delito amerita una pena de prisión de 35 a 70 años de prisión

pbb


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