¿QUIÉN TIENE DERECHO A ALIMENTOS EN UN DIVORCIO?

 La regla más común y prevaleciente durante muchos años fue que la mujer, por dedicarse a los quehaceres domésticos, tenía derecho a alimentos. Ya no es así. Ahora, el artículo 4.99 del ccedomex establece que tiene derecho a recibir alimentos EL QUE LOS NECESITE. Los parámetros legales para medir esta necesidad son los siguientes:

  1. La edad y el estado de salud de los cónyuges
  2. Su grado de estudio y posibilidad de acceso a un empleo
  3. Medios económicos de los cónyuges y sus necesidades
  4. Otras que tenga el cónyuge deudor
  5. Las que el juez estime necesarias.  




Comentarios

Entradas más populares de este blog

¿EN QUÉ MOMENTO PROCESAL DEBE REPUDIARSE LA HERENCIA?

SE DEBE APERTURAR INCIDENTE OFICIOSAMENTE EN MATERIA DE EXTRADICIÓN

SE DEBEN GIRAR OFICIOS A DIVERSAS DEPENDENCIAS PARA UBICAR EL DOMICILIO, SI ASI SE SOLICITA