LAS VIDEOGRABACIONES SON PRUEBA DOCUMENTAL

 En tesis jurisprudencial del 8  de enero de 2021, en el marco del incidente de suspención en juicio de amparo, el Pleno de la Suprema Corte resolvió que "las videograbaciones constituyen una prueba documental, pues independientemente del soporte en el que consten y se aporten al incidente de suspensión, cuentan con la capacidad de registrar datos de interés procesal y, además, pueden desahogarse por su propia naturaleza y sin necesidad de una diligencia especial, siempre que el juzgador cuente con el equipo necesario para su reproducción y, de no ser así, el oferente de la prueba lo aporte".



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