DIVORCIO NOTARIAL
El artículo 4.89 bis del ccedomex establece la posibilidad de que los cónyuges puedan divorciarte a través de notario público ¿Cómo es esto? Los elementos de procedibilidad son los siguientes:
- Debe solicitarse de mutuo acuerdo
- No debe existir hijos menores de edad o mayores sujetos a tutela
- Presentar convenio en dónde se liquide la sociedad conyugal en su caso.
Comentarios
Publicar un comentario